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La Eurocámara valida la reforma de los derechos de pasajeros aéreos
La nueva norma mantiene las compensaciones por retrasos y obliga a reforzar la transparencia en el precio del equipaje de mano
La reforma europea de los derechos de los pasajeros aéreos avanza tras el respaldo del pleno del Parlamento Europeo, que ha aprobado los cambios pactados con el Consejo de la Unión Europea. El texto mantiene las indemnizaciones actuales por retrasos y cancelaciones, introduce nuevas obligaciones de información para las aerolíneas y refuerza la protección de familias, personas con movilidad reducida y mujeres embarazadas.
La Eurocámara respalda el nuevo marco con amplia mayoría
El pleno de la Eurocámara ha validado la reforma con 646 votos a favor, 12 en contra y 3 abstenciones, desbloqueando una revisión normativa pendiente desde hace más de una década. El reglamento actualizado aún deberá recibir la confirmación formal del Consejo, prevista a principios de agosto de 2026, antes de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Una vez publicado, el nuevo marco entrará en vigor a los 20 días, aunque los países y las empresas dispondrán de un año para preparar su aplicación. La reforma afecta a aspectos clave de la relación entre aerolíneas y pasajeros, especialmente en incidencias operativas, reclamaciones, transparencia tarifaria y servicios asociados al billete.
Se mantienen las compensaciones por retrasos y cancelaciones
Uno de los puntos centrales de la reforma es el mantenimiento de las compensaciones por retrasos superiores a tres horas, cancelaciones comunicadas con menos de 14 días de antelación o denegación de embarque. Las cuantías seguirán vinculadas a la distancia del trayecto: 250 euros para vuelos de hasta 1.500 kilómetros, 400 euros para vuelos dentro de la UE de más de 1.500 kilómetros y otros trayectos de entre 1.500 y 3.500 kilómetros, y 600 euros para los vuelos de mayor distancia.
Las aerolíneas podrán reducir en un 50% la indemnización en los trayectos más largos si ofrecen un transporte alternativo hasta el destino final o si el retraso en la llegada no supera las cuatro horas. El texto también actualiza la lista de circunstancias extraordinarias que pueden eximir del pago de compensaciones, como catástrofes naturales, conflictos bélicos, condiciones meteorológicas adversas, pasajeros conflictivos o huelgas en aeropuertos, navegación aérea o servicios de asistencia en tierra.
Aun en esos supuestos, las compañías mantendrán el deber de asistencia al pasajero, con bebidas cada dos horas de espera, una comida tras tres horas y alojamiento en hotel cuando sea necesario durante grandes retrasos.
Equipaje de mano: más transparencia, pero no gratuidad total
La reforma reconoce el derecho del pasajero a llevar a bordo, sin coste adicional, un artículo personal que pueda colocarse bajo el asiento, como un bolso o una mochila pequeña. Sin embargo, no blinda la gratuidad universal de la maleta de cabina.
El texto sí obligará a compañías aéreas, intermediarios y portales de búsqueda a mostrar desde el inicio del proceso de reserva el precio del billete con equipaje de mano incluido. Las aerolíneas podrán seguir ofreciendo tarifas más económicas a quienes decidan viajar sin maleta de cabina, pero deberán presentar la información de forma más clara y comparable para evitar cargos sorpresa en fases posteriores de la compra.
Para las agencias de viajes, este punto tiene una lectura operativa directa: será necesario revisar cómo se presentan las tarifas aéreas en presupuestos y propuestas al cliente final. La posibilidad de explicar desde el primer contacto qué incluye cada tarifa —bulto personal, maleta de cabina, asiento, embarque o flexibilidad— refuerza el papel asesor de la agencia y reduce fricciones posteriores en mostrador, grupos, viajes corporativos o reservas a medida.
Nuevas reglas para reclamaciones, asientos y tarjetas de embarque
La reforma también simplifica los procesos de compensación. Los pasajeros dispondrán de nueve meses para presentar una solicitud y las aerolíneas tendrán 30 días para pagar la compensación o justificar por qué no procede. Además, deberán facilitar instrucciones claras para reclamar en un plazo de cuatro días desde la finalización del viaje afectado.
El nuevo marco prohíbe cobrar suplementos por corregir errores ortográficos en los nombres de la reserva o por obtener una tarjeta de embarque impresa cuando el pasajero ya haya facturado. También reconoce el derecho a obtener la tarjeta de embarque digital sin necesidad de abrir una cuenta de usuario ni instalar una aplicación específica.
En materia de asientos, las aerolíneas no podrán cobrar por colocar junto a su acompañante a menores de 14 años, personas con discapacidad o movilidad reducida y mujeres embarazadas. Además, los pasajeros con discapacidad o movilidad reducida tendrán derecho a compensación, transporte alternativo y asistencia si pierden un vuelo porque el aeropuerto no les presta la ayuda necesaria para llegar a tiempo a la puerta de embarque.
Virginijus Sinkevičius, vicepresidente de la Comisión de Transportes y Turismo del Parlamento Europeo, señaló que se ha trabajado para que los pasajeros no pierdan derechos adquiridos y para ofrecer mayor protección a familias, personas con movilidad reducida y quienes más lo necesitan.

